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Cuantías, tipos y requisitos en las becas del Ministerio de Educación

  • Para optar a las distintas becas es necesario cumplir una serie de requisitos. Aquí te contamos todos.
Publicado el 28/09/2011 por Luis García

Umbrales de renta para percepción de becas del Ministerio de Educación

Núcleo Familiar Umbral 1 Umbral 2 Umbral 3 Umbral 4 Umbral 5
De 1 miembro 3.771 € 10.668 € 11.937 € 13.236 € 14.112 €
De 2 miembros 7.278 € 17.377 € 19.444 € 22.594 € 24.089 €
De 3 miembros 10.606 € 22.820 € 25.534 € 30.668 € 32.697 €
De 4 miembros 13.909 € 27.069 € 30.287 € 36.421 € 38.831 €
De 5 miembros 17.206 € 30.717 € 34.370 € 40.708 € 43.402 €
De 6 miembros 20.430 € 34.241 € 38.313 € 43.945 € 46.853 €
De 7 miembros 23.580 € 37.576 € 42.041 € 47.146 € 50.267 €
De 8 miembros 26.660 € 40.882 € 45.744 € 50.333 € 53.665 €
Por miembro adicional: + 3.079 € + 3.282 € + 3.672 € + 3.181 € + 3.391 €


Requisitos

Becas de carácter general y de movilidad para el curso académico 2011-2012, para estudiantes de enseñanzas universitarias.

Artículos de interés dentro de este apartado:

Artículo 5. Becas de movilidad: modalidades, cuantías y umbrales de renta.
Artículo 6. Becas de carácter general: modalidades, cuantías y umbrales de renta.
Artículo 26. Rendimiento académico.
Artículo 27. Excepcional aprovechamiento académico.
Artículo 38. Lugar y plazo de presentación de solicitudes.
Artículo 46. Compatibilidades de las becas.


Becas y ayudas al estudio de carácter general y de movilidad, para el curso académico 2011-2012, para alumnado que curse estudios postobligatorios y superiores no universitarios.

Artículos de interés dentro de este apartado:

Artículo 13. Cuantías de los componentes de compensación o beca salario.
Artículo 16. Cuantías del componente de material.
Artículo 17. Cuantías de los componentes de escolarización.
Artículo 18. Cuantía del componente de mantenimiento.
Artículo 19. Cuantía del suplemento básico.
Artículo 20. Cuantía de la ayuda para el proyecto.
Artículo 21. Cuantías adicionales.
Artículo 22. Modalidades y cuantías de las becas de movilidad.
Artículo 23. Requisitos generales.

 

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