Encuentra los mejores colegios privados extranjeros en España
Además de la oferta escolar que en otras ocasiones hemos comentado, la legislación española contempla la existencia en el territorio español de escuelas privadas extranjeras.
Son centros docentes que hacen la función de canalizadores de la cultura de su país de origen, mediante la oferta de una segunda lengua ofrecida por profesores nativos, así como la adaptación al territorio nacional del sistema educativo correspondiente al país de procedencia.
La legislación contempla los centros no universitarios, y dice que éstos deben ajustarse a la reglamentación que el Gobierno estipula para ellos, así como los tratados internacionales que se firmen con cada país. Engloba a todos los centros en un único grupo, independientemente del país al que pertenezcan. Todos los centros deben estar autorizados por la Consejería de Educación de la comunidad autónoma en la que estén radicados.
Las titulaciones obtenidas a través de estos centros tienen equivalencia con lo establecido en el sistema educativo español. Por lo tanto deben cumplir con una serie de directrices en cuanto a la homologación de los títulos, de cara sobre todo a la posible realización de cursos de grado medio o superior y/o titulaciones universitarias.
También se les exigen unas normas de seguridad e higiene, acústica y habitabilidad adecuadas conforme al sistema educativo español. Al igual que tener habilitadas las instalaciones y todo tipo de construcciones, y las entradas, rampas, etc. adaptadas a los alumnos con problemas físicos. Todos estos aspectos serán revisados con frecuencia por los inspectores educativos, para asegurar que se cumplen los requisitos exigidos por ley.
Se establecen tres tipologías de centros extranjeros en territorio nacional:
- Aquellos que ofrecen formación en niveles de enseñanza no obligatorios en el territorio español.
- Los que efectúan la educación de los niveles obligatorios por el sistema educativo español.
- A su vez, estos se subdividen en los que únicamente dan la enseñanza en el sistema educativo extranjero, y en los que ofrecen además enseñanza y lengua española.
En todos los casos pueden acoger tanto a alumnos españoles como a extranjeros.
Cualquier centro extranjero que desee instalarse en España y operar aquí, debe inscribirse en el Registro Público de Centros Dependientes de la Administración Local. Desde allí se derivan los trámites y la documentación al Ministerio de Educación y Ciencia, responsable último de dar la aceptación definitiva. Para la realización de éste trámite se pide un informe sobre el centro que emite el Ministerio de Asuntos Exteriores. Este informe tendrá como referencia los acuerdos internacionales que haya en cada caso. De este proceso únicamente quedarán exentos los países pertenecientes a la Comunidad Económica Europea.
Posteriormente, si son aceptados, podrán disponer de la autorización de apertura y funcionamiento, en la que figurarán el titular del centro, la denominación, la localización geográfica, las enseñanzas que imparte y los niveles educativos, número de plazas ofertadas, fecha de puesta en funcionamiento, proyecto y planos, etc.
En Madrid disponemos de bastantes centros de este tipo. Por ejemplo, para realizar estudios como si estuviéramos en Francia, con el mismo sistema lectivo Francés y demás, podemos ir a:
Colegio Liceo Francés. Realizan educación desde Primaria hasta Bachillerato, de 3 a 18 años. Admiten alumnos españoles, extranjeros y, evidentemente, entre ellos también franceses.
Teléfono:91748949.
Podemos decir que existen bastantes colegios extranjeros en todas las provincias españolas.
Algunos ejemplos son:
- Caxton College (británico), en la Comunidad Valenciana.
- The Lady Elizabeth School, en Alicante
- Colegio Alemán San Alberto Magno, en Barcelona
- The American School Of Bilbao
- Hastings School (britanico), en Madrid
- King's College, en Madrid
- Runnymede College (britanico), en Madrid
- St. Michael's School II (britanico), en Madrid
Publicado el 2009-12-10
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